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La videovigilancia en el trabajo.

La videovigilancia en el trabajo.

En el entorno laboral moderno, la videovigilancia se ha convertido en una herramienta esencial para muchas empresas que buscan garantizar la seguridad, prevenir robos y asegurar el cumplimiento de las normas internas. Sin embargo, la implementación de sistemas de videovigilancia en el lugar de trabajo plantea importantes cuestiones legales que deben ser cuidadosamente consideradas.

Por ello, en este artículo, analizaremos en detalle el marco legal que regula la videovigilancia en el trabajo, destacando los derechos de los trabajadores, las obligaciones de los empresarios y los límites legales que deben respetarse.

 

¿Es legal poner cámaras en el centro trabajo?

Partimos de la base de que sí es legal la videovigilancia en el trabajo, tanto para garantizar la seguridad de bienes, personas o de las propias instalaciones, como para supervisar la actividad laboral, siempre que se cumpla con la normativa y leyes que regulan la videovigilancia y la instalación de cámaras de seguridad.

 

Marco legal de la videovigilancia en el trabajo

La regulación de la videovigilancia en el ámbito laboral se encuentra principalmente en las siguientes normas:

  1. Estatuto de los Trabajadores (ET): El artículo 20.3 del ET permite al empresario adoptar las medidas de vigilancia y control que considere necesarias para verificar el cumplimiento por parte del trabajador de sus obligaciones y deberes laborales. Esto incluye la videovigilancia, siempre que se respete la dignidad del trabajador y los derechos fundamentales.
  2. Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD): en concreto, sus artículos 22 y 89. La LOPDGDD establece las condiciones bajo las cuales las personas físicas y jurídicas pueden llevar a cabo el tratamiento  de datos personales, incluidas las imágenes captadas por cámaras de videovigilancia. Además, esta ley impone el respeto a los principios de proporcionalidad, necesidad y transparencia en el tratamiento de datos personales, así como el respeto del derecho a la intimidad de los trabajadores.
  3. Reglamento General de Protección de Datos (RGPD): El RGPD, aplicable en toda la Unión Europea, pese a no referirse en concreto a las obligaciones en materia de videovigilancia, sí que establece normas estrictas para el tratamiento de datos personales, garantizando la protección de los derechos fundamentales de las personas físicas.

 

¿Qué obligaciones tiene el empresario?

La implementación de sistemas de videovigilancia impone diversas obligaciones a los empleadores para asegurar el respeto de los derechos de los trabajadores y el cumplimiento de la ley:

  1. Principios de proporcionalidad, idoneidad y necesidad: La instalación de cámaras debe ser una medida proporcional y necesaria en relación con la finalidad perseguida. Deben utilizarse únicamente cuando no existan otros medios menos invasivos para alcanzar los mismos objetivos.
  2. Ubicación de las cámaras: Debe respetarse la intimidad de los empleados, por lo que las cámaras deben instalarse en lugares donde sea legítimo esperar una menor privacidad, como las áreas comunes, no pudiendo colocarse, salvo que exista una causa de seguridad suficiente que lo justifique, en lugares como vestuarios, baños o zonas de descanso.
  3. Seguridad y conservación de datos: Las imágenes captadas deben ser almacenadas de manera segura para evitar accesos no autorizados y deben conservarse únicamente durante el tiempo estrictamente necesario, generalmente un máximo de 30 días.
  4. Transparencia e información: Pese a que no es necesario el consentimiento de los trabajadores para la instalación de cámaras, es fundamental informar adecuadamente a los empleados sobre el uso de videovigilancia. Esta obligación de transparencia se extiende a todos los aspectos del tratamiento de datos personales.

 

¿Qué derechos tienen los trabajadores?

Los trabajadores tienen una serie de derechos en relación con la videovigilancia en el lugar de trabajo que deben ser respetados por el empleador:

  1. Derecho a la información: Los empleados deben ser informados de manera clara y explícita sobre la existencia de cámaras de videovigilancia, la finalidad del tratamiento de las imágenes, y el periodo de conservación de las mismas. Esta información debe proporcionarse mediante señales visibles en las zonas vigiladas y, preferentemente, en el contrato de trabajo o en documentos internos de la empresa.
  2. Derecho de acceso: Los trabajadores tienen derecho a acceder a las imágenes en las que aparezcan. Pueden solicitar acceso a las grabaciones para verificar los datos tratados.
  3. Derecho a la rectificación y supresión: Los empleados pueden solicitar la rectificación de datos inexactos o la supresión de imágenes que no sean necesarias para los fines previstos o que vulneren su derecho a la privacidad.

 

Límites legales y buenas prácticas

Como hemos explicado hasta ahora, la videovigilancia debe ser implementada respetando los derechos fundamentales de los empleados. La jurisprudencia ha establecido que la vigilancia encubierta o sin el debido aviso puede constituir una violación del derecho a la intimidad. En sentencias como en el caso López Ribalda y otros contra España del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, se ha subrayado la importancia de la proporcionalidad y la necesidad de la videovigilancia, así como el deber de información a los empleados.

Se recomienda que las empresas adopten políticas claras y transparentes sobre el uso de la videovigilancia. Estas políticas deben ser comunicadas a todos los empleados y revisadas periódicamente para asegurar su conformidad con la normativa vigente. Además, es aconsejable realizar una evaluación de impacto relativa a la protección de datos (que es una herramienta diseñada para identificar de forma preventiva los riesgos potenciales que pueden afectar a los datos personales, en función de las actividades de tratamiento que se llevan a cabo con ellos) antes de la instalación de sistemas de videovigilancia, especialmente en casos donde el tratamiento pueda implicar un alto riesgo para los derechos y libertades de los trabajadores.

En conclusión, la videovigilancia en el trabajo es una herramienta valiosa para garantizar la seguridad y proteger los intereses empresariales, pero su implementación debe ser cuidadosamente gestionada para respetar el derecho a la intimidad y propia imagen de los empleados y cumplir con la normativa aplicable. Las empresas deben adoptar un enfoque equilibrado, asegurando que las medidas de vigilancia sean proporcionales, transparentes y justificadas. En caso de dudas sobre la implementación de sistemas de videovigilancia en el lugar de trabajo, es recomendable buscar asesoría jurídica especializada para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones legales y proteger tanto los intereses empresariales como los derechos de los trabajadores.

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